viernes, 26 de marzo de 2010

La paz social, condición indispensable del progreso de la Nación


La paz social, condición indispensable del progreso de la Nación
Pío XII, Encíclica Quadragesimo Anno  (15 de mayo de 1931), n. 114

114.
 La lucha de clases, efectivamente, siempre que se abstenga de enemistades y de odio mutuo, insensiblemente se convierte en una honesta discusión, fundada en el amor a la justicia, que, si no es aquella dichosa paz social que todos anhelamos, puede y debe ser el principio por donde se llegue a la mutua cooperación «profesional».

La misma guerra contra la propiedad privada, cada vez más suavizada, se restringe hasta el punto de que, por fin, algunas veces ya no se ataca la posesión en sí de los medios de producción, sino cierto imperio social que contra todo derecho se ha tomado y arrogado la propiedad.

Ese imperio realmente no es propio de los dueños, sino del poder público. Por este medio puede llegarse insensiblemente a que estos postulados del socialismo moderado no se distingan ya de los anhelos y postulados de aquellos que, fundados en los principios cristianos, tratan de reformar la humana sociedad.

Con razón, en efecto, se pretende que se reserve a la potestad pública ciertos géneros de bienes que comportan consigo una tal preponderancia, que no pueden dejarse en manos de particulares sin peligro para el Estado.

Pío XII, Radiomensaje de Pentecostés La Solennità  (1 de junio de 1941), n. 8

8.
 Ya nuestro predecesor Pío XI exaltó en la primera parte de su encíclica conmemorativa la espléndida mies que había madurado la Rerum novarum , germen fecundo, de donde se desenvolvió una doctrina social católica que ofreció a los hijos de la Iglesia, sacerdotes y seglares, prescripciones y medios para una reconstrucción social exuberante de frutos, ya que a causa de ella surgieron en el campo católico numerosas y variadas instituciones benéficas y centros florecientes de socorros mutuos para bien propio y de los otros. ¡Qué prosperidad material y natural, qué frutos espirituales y sobrenaturales no han redundado de las uniones católicas a los obreros y a sus familias! ¡Qué eficaz y oportuna no se ha demostrado la cooperación de los sindicatos y de las asociaciones en pro del campo agrícola, para aliviar sus angustias, asegurar la defensa de su justicia, y de ese modo, mitigando las pasiones, preservar de perturbaciones la paz social!

Pío XII, Discurso al Representante de la República de El Salvador ante la Santa Sede  (28 de octubre de 1947)

...
 Los inmensos beneficios que a todas las clases de la sociedad ha de aportar una justa paz social, bien merecen los sacrificios, hoy quizá no entendidos de todos, pero en realidad saludables y fructuosos, que son condición necesaria de su establecimiento y de su progresiva perfección.

Juan XXIII, Mensaje de Navidad  (23 de diciembre de 1959)

Paz social.–
 Esta se basa sólidamente en el mutuo y reciproco respeto a la dignidad personal de hombre. El Hijo de Dios se ha hecho hombre, y su redención no se extiende sólo a la colectividad, sino también a cada uno en particular: Ipse dilexit me, et tradidit semetipsum pro me: me amó y se entregó a sí mismo por mí (Gal 2, 20), dice San Pablo a los Gálatas. Y si Dios ha amado al hombre hasta tal punto, es que el hombre le pertenece y que debe ser respetada absolutamente la persona humana. Esta es la enseñanza de la Iglesia, que en la solución de los problemas sociales, ha tenido siempre fijos los ojos en la persona humana, enseñando que las cosas y las instituciones –los bienes materiales, la economía, el Estado– son ante todo para el hombre y no el hombre para ellas.

Los disturbios que sacuden la paz interna de las naciones tienen, en primer lugar, su origen precisamente en esto: que al hombre se le ha tratado, casi exclusivamente como instrumento, como mercancía, como miserable rueda de engranaje de una gran máquina, simple unidad productiva. Sólo cuando se toma la dignidad personal del hombre como criterio de valoración del hombre mismo y de su actividad, se dispondrá del medio de aplacar las discordias sociales y las divergencias, con frecuencia profundas, entre patronos, por ejemplo, y obreros; y sobre todo, de asegurar a la familia aquellas condiciones de vida, de trabajo y de asistencia aptas para el mejor desarrollo de sus funciones, como célula de la sociedad y primera comunidad constituida por Dios mismo para el desarrollo de la persona humana.

No: la paz no podrá tener sólidos cimientos, si en los corazones no se alimenta aquel sentimiento de fraternidad, que debe existir entre cuantos tienen un origen común y están llamados a los mismos destinos. La conciencia de pertenecer a una única familia extingue en los corazones la avidez, la codicia, la soberbia, el instinto de dominar a los demás, que son la raíz de las disensiones y de las guerras; ella nos estrecha a todos en un vínculo de superior y generosa solidaridad.

Juan XXIII, Discurso al Cuerpo diplomático acreditado ante la Santa Sede  (29 de diciembre de 1960)

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 La Iglesia desea ardientemente ese beneficio incomparable de la paz social e internacional. Con sus enseñanzas, exhortaciones y actividades trabaja con todas sus fuerzas por establecerla, como ustedes mismos pueden demostrarlo. Y ya que se nos presenta la ocasión de verles reunidos a todos en presencia nuestra, queremos aprovecharla para anunciarles, previamente a este propósito, un punto de nuestro programa para el año que va a comenzar. Nos proponemos celebrar el setenta aniversario de un acontecimiento que fue de gran trascendencia histórica: la publicación por el Papa León XIII en 1891 de la Encíclica Rerum Novarum  sobre la condición de los obreros; documento considerado tan importante por nuestros predecesores inmediatos Pío XI y Pío XII, que quisieron celebrar el cuadragésimo y quincuagésimo aniversario, respectivamente; el primero en 1931, con la Encíclica Quadragesimo Anno , y el segundo con el radiomensaje dirigido al mundo entero en la fiesta de Pentecostés del año 1941 .

Juan Pablo II, Encíclica Redemptor Hominis  (4 de marzo de 1979), n. 17

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La Iglesia no tiene necesidad de confirmar cuán estrechamente vinculado está este problema con su misión en el mundo contemporáneo. En efecto, él está en las bases mismas de la paz social e internacional, como han declarado al respecto Juan XXIII, el Concilio Vaticano II y posteriormente Pablo VI en documentos específicos. En definitiva, la paz se reduce al respeto de los derechos inviolables del hombre, –«opus iustitiae pax»–, mientras la guerra nace de la violación de estos derechos y lleva consigo aún más graves violaciones de los mismos. Si los derechos humanos son violados en tiempo de paz, esto es particularmente doloroso y, desde el punto de vista del progreso, representa un fenómeno incomprensible de la lucha contra el hombre, que no puede concordarse de ningún modo con cualquier programa que se defina «humanístico». Y ¿qué tipo de programa social, económico, político, cultural podría renunciar a esta definición? Nutrimos la profunda convicción de que no hay en el mundo ningún programa en el que, incluso sobre la plataforma de ideologías opuestas acerca de la concepción del mundo, no se ponga siempre en primer plano al hombre.

Juan Pablo II, Encuentro con el mundo de la cultura en la iglesia de «La Compañía»  (30 de enero de 1985), n. 7

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 Es necesario también que vuestro pueblo, iluminado por los grandes principios de la doctrina social de la Iglesia, encuentre el camino de la paz y de la justicia social en el amor y el mutuo respeto. No se trata de elegir simplemente entre la alternativa de los sistemas que se disputan la hegemonía del poder. Desde la originalidad cristiana, y desde la sabiduría de vuestro pueblo, hay que encontrar ese camino transitable que conduzca a la elevación y la paz social entre todos los hijos de vuestra patria.

Juan Pablo II, Discurso a los representantes del mundo intelectual y a la clase dirigente en el Colegio «La Salle» de Santa Cruz, Bolivia  (12 de mayo de 1988)

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 Finalmente, quiero haceros un llamado a vincularos, como laicos cristianos, a los esfuerzos de los obispos bolivianos, que con tanto sacrificio y entrega difunden el Evangelio del amor y de la concordia, contribuyendo así eficazmente al desarrollo integral de la persona humana y a la paz social. Como laicos cristianos, os exhorto a asumir vuestra vocación eclesial salvaguardando la dimensión trascendente de la vida humana y difundiendo los valores evangélicos, que han de ser vividos, compartidos y desarrollados. Unos valores que no podrán ser silenciados nunca y que hemos de colocar bien alto para que iluminen a toda la humanidad.

Juan Pablo II, Encíclica Centesimus Annus  (1 de mayo de 1991), n. 43

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 La obligación de ganar el pan con el sudor de la propia frente supone, al mismo tiempo, un derecho. Una sociedad en la que este derecho se niegue sistemáticamente y las medidas de política económica no permitan a los trabajadores alcanzar niveles satisfactorios de ocupación, no puede conseguir su legitimación ética ni la justa paz social (cf. Enc. Laborem exercens , 18). Así como la persona se realiza plenamente en la libre donación de sí misma, así también la propiedad se justifica moralmente cuando crea, en los debidos modos y circunstancias, oportunidades de trabajo y crecimiento humano para todos.

Juan Pablo II, Encíclica Evangelium Vitae  (25 de marzo de 1995), n. 70

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 Alguien podría pensar que semejante función, a falta de algo mejor, es también válida para los fines de la paz social. Aun reconociendo un cierto aspecto de verdad en esta valoración, es difícil no ver cómo, sin una base moral objetiva, ni siquiera la democracia puede asegurar una paz estable, tanto más que la paz no fundamentada sobre los valores de la dignidad humana y de la solidaridad entre todos los hombres, es a menudo ilusoria. En efecto, en los mismos regímenes participativos la regulación de los intereses se produce con frecuencia en beneficio de los más fuertes, que tienen mayor capacidad para maniobrar no sólo las palancas del poder, sino incluso la formación del consenso. En una situación así, la democracia se convierte fácilmente en una palabra vacía.

Juan Pablo II, Exhortación apostólica Ecclesia in Africa  (14 de septiembre de 1995), n. 69

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 Dotado de esta incomparable dignidad, el hombre no puede vivir en condiciones de vida social, económica, cultural y política infrahumanas. Éste es el fundamento teológico de la lucha por la defensa de la dignidad personal, por la justicia y la paz social, por la promoción humana, la liberación y el desarrollo integral del hombre y de todos los hombres. Por ello, considerando esta dignidad, el desarrollo de los pueblos –dentro de cada nación y en las relaciones internacionales– debe realizarse de manera solidaria, como afirmaba del modo más apropiado mi predecesor Pablo VI (cf. Carta enc. Populorum progressio  [26 de marzo de 1967], 48). Precisamente en esta perspectiva podía decir: «El desarrollo es el nuevo nombre de la paz» (ib ., 87). Se puede, pues, afirmar con razón que «el desarrollo integral supone el respeto de la dignidad humana, la cual sólo puede realizarse en la justicia y la paz» (Propositio 45).

Juan Pablo II, Discurso al Embajador de Ecuador ante la Santa Sede con motivo de la presentación de las Cartas credenciales  (14 de octubre de 1999), n. 2

2.
 En sus palabras se ha referido Usted al Acuerdo de Paz firmado hace poco más de un año entre su País y la República hermana del Perú, y en cuya negociación tuvo Usted un papel importante. Tuve la satisfacción de comprobar cómo mis llamados al diálogo respetuoso y a la negociación franca y digna entre las dos partes fueron acogidos, abriéndose así una nueva etapa entre estos dos países latinoamericanos, que tienen en común tantos valores. La capacidad para llegar a la solución de un problema secular ha de hacer madurar a los ecuatorianos en su arraigo en la tradición pacífica en aquella región, a la vez que se han de sentir directamente comprometidos en la lucha contra el narcotráfico y la corrupción, plagas sociales que implican especialmente a los jóvenes, y que ponen en peligro la paz social y la estabilidad. En este sentido, es de esperar que el Ecuador encuentre en la comunidad internacional todo el apoyo y la ayuda financiera necesaria para arrostrarlo.

Benedicto XVI; Carta al Presidente del Gobierno italiano, con ocasión del G8  [L’Aquila, 8-10 de julio de 2009] (1 de julio de 2009)

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 Asimismo, quiero recordar a los ilustres participantes en el encuentro del G8 que la medida de la eficacia técnica de las disposiciones que haya que adoptar para salir de la crisis coincide con la medida de su valor ético. Por eso, es necesario tener presentes las exigencias concretas humanas y familiares: me refiero, por ejemplo, a la creación efectiva de puestos de trabajo para todos, que permitan a los trabajadores y a las trabajadoras proveer de manera digna a las necesidades de la familia y cumplir la responsabilidad primaria que tienen de educar a los hijos y de ser protagonistas en las comunidades de las que forman parte. «Una sociedad en la que este derecho se niegue sistemáticamente –escribió Juan Pablo II– y las medidas de política económica no permitan a los trabajadores alcanzar niveles satisfactorios de ocupación, no puede conseguir su legitimación ética ni la justa paz social» (Centesimus annus , 43; cf. Laborem exercens , 18).

PEREGRINACIÓN TRADICIONALISTA DE PENTECOSTÉS PARÍS-CHARTRES 2010

http://www.laportelatine.org/district/chartres/chartres2009/Plus/videosChartres/Chart566.jpg


Queridos amigos,

Permitidnos un año más que os propongamos participar con nosotros en este acontecimiento.

Ya está abierto el plazo para inscribirse en la peregrinación de Pentecostés, que este año lleva como lema "La Iglesia es nuestra Madre". Desde el Capítulo Español de Santiago Apóstol nos hemos puesto en marcha para organizar a los peregrinos que queráis caminar de París a Chartres en esta 28º edición. Os copio dos vídeos para que os hagáis una idea de lo que es esta peregrinación, así como de los temas que vamos a contemplar durante los tres días de marcha. El segundo está en español y del primero os pasaremos pronto una copia en nuestra lengua:


http://www.nd-chretiente.com/index-site.php?file=2010/presentations/pres_pele10


http://www.nd-chretiente.com/index-site.php?file=2010/presentations/pres_theme10-esp


Como véis, las fechas serán el 22, 23 y 24 de mayo, pero hay que apuntarse cuanto antes para que cada uno pueda hacer la reserva de su billete de avión, pedir los días necesarios en el trabajo... y para que desde la jefatura y coordinación del Capítulo podamos tenerlo todo listo, en especial avisar a la Dirección de Notre Dame de Chrétienté, que buscará un alojamiento para los días de llegada y de partida, de acuerdo con el número de peregrinos.


Para inscribirse sólo hay que rellenar el boletín adjunto y enviarlo por correo electrónico a peregrinacion.chartres@gmail.com. Los menores que no vengan acompañados de sus padres o tutores deberán contar con la preceptiva autorización y declaración de consentimiento hospitalario.


¿Qué hay que llevar? Poca cosa: basta con ropa cómoda, algo de abrigo, poncho para la lluvia, calzado de marcha y de descanso y saco de dormir. La organización se encarga del transporte de todo aquello que no sea imprescindible para la marcha hasta el lugar de acampada de cada día, y de proporcionar un breve refrigerio en los desayunos, comidas y cenas. La atención sanitaria y los vehículos de apoyo también corren por cuenta de Notre Dame de Chrétienté.


En cuanto a la dificultad, aunque el recorrido es el mismo para todos, hay alternativas para familias y menores: las familias un máximo de 15 a 20 kilómetros/día; los niños hacen un total de 45/50 km, jóvenes de 13 a 16 años un recorrido algo mayor y los adultos caminan un total de 100 kilómetros. Se desaconseja la participación de mujeres embarazadas o personas con problemas graves de salud.


En cuanto a las tarifas, si os inscribís antes del 24 de abril, los precios son:

- adultos: 38 euros
- niños: 20 euros



Si se inscriben después de esta fecha y hasta el mismo día de la peregrinación, las tarifas son:
- adultos: 48 euros
- niños: 25 euros



Por otra parte, a partir del cuarto miembro de una misma familia, la tarifa se reduce a la mitad.

Los sacerdotes peregrinan gratis. ¡Anímense!


A estos precios hay que añadir la cantidad de 10 euros por participante, en concepto de gastos de Capítulo.



El ingreso de la tarifa deberá hacerse mediante transferencia, en la cuenta que se detalla a continuación:

Número de cuenta:2100 3739 18 2200124758
Divisa:euros
IBAN en formato electrónico:ES9721003739182200124758
IBAN en formato papel:IBAN ES97 2100 3739 1822 0012 4758
BIC (Código Internacional de Identificación Bancaria en el sistema SWIFT):CAIXESBBXXX




No os olvidéis de indicar en el asunto el nombre del peregrino que efectúa el ingreso y el motivo "Peregrinación 2010".


Estamos a vuestra disposición en la mencionada dirección del Capítulo, o bien en el teléfono 622.092.870, para resolver cualquier duda o sugerencia que tengáis. ¡¡Espero veros muy pronto caminando con nosotros de la mano de Nuestra Señora!!


A la espera de vuestras noticias, recibid un cordial saludo en Cristo, con el deseo de que viváis muy de cerca estos días Su Pasión, Muerte y Resurrección.



Rafael de la Vega

Jefe del Capítulo "Santiago Apóstol"

miércoles, 17 de marzo de 2010

Oriamendi

Tras la victoria de Oriamendi los carlistas hicieron realidad la pretensión de las tropas liberales de hacer sonar su himno triunfal, aunque interpretada por los músicos del ejército rival. Pero los bersolaris carlistas se tomaron la libertad de adaptarle la siguiente letra, que, con toda seguridad, ya no sería del agrado de los derrotados "guiris".
Gora Jainko maite maitea
zagun denon jabe.
Gora Espania ta Euskalerria
ta bidezko errege.
Maite degu Euskalerria,
maite bere Fuero zarrak,
asmo ontara jarriz daude
beti karlista indarrak.
Gora Jaingoiko illezkor!!!
Gora euskalduna,
auto ondo Espaniako
errege bera duna!!!

TRADUCCIÓN

Viva Dios amado,
Señor de todos.
Viva España y Euskalerría
y el rey de las dos.
Amamos a Euskalerría,
amamos sus fueros viejos;
ése es el pensamiento
fijo de los carlistas.
Viva Dios inmortal,
vivan los euskaldunes
y el Rey que para España
necesitamos.

Una voz católica sobre el aborto

La mayor de las persecuciones romanas contra los cristianos fue la del emperador Galerio a partir del año 305. Mandó que todos los ciudadanos del imperio ofrecieran un sacrificio a los dioses de Roma, bajo la amenaza de que quien nos sacrificara sería ejecutado. Nuestros hermanos cristianos prefirieron morir antes que adorar a los falsos dioses. Miles de fieles subieron al Cielo con sus palmas del martirio. Otros católicos fueron atormentados y murieron mártires porque no quisieron reconocer la divinidad de los emperadores romanos. “A sólo Dios adorarás a Él sólo servirás”.

Nuestros mártires eran excelentes ciudadanos y daban al César lo que era del César, como mandó nuestro Señor Jesucristo; pero no podían dar al César lo que no era del César. No podían adorar ni a el emperador ni a sus falsos dioses, porque sólo podemos adorar al único Dios verdadero, Creador y Señor de todas las cosas hecho hombre en las purísimas entrañas de la Virgen Santísima y presente perpetuamente en la Eucaristía.

Hoy tampoco se puede dar al César lo que no es del César. No se puede votar a los partidos políticos abortistas porque la vida es un don de Dios y sólo Él tiene poder sobre ella. No se puede votar a ningún partido del actual arco parlamentario español, porque todos ellos son corresponsables del crimen abominable del aborto y de otras leyes anticristianas. No se puede rendir culto a esta democracia agnóstica y atea que está descristianizando los pueblos con leyes y costumbres perversas. No existe un “catolicismo a la carta” como decía Juan Pablo II, o eres cristiano o no lo eres. No se pueden votar a partidos políticos cuyos programas y líderes contradicen al Magisterio de la Iglesia. La Congregación para la Doctrina de la Fe enseñar que “La conciencia bien formada no permite a nadie favorecer con el propio voto la realización de un programa político o la aprobación de una ley particular que contenga propuestas alternativas o contrarias a los contenidos fundamentales de la fe y la moral”.

¿Cómo se puede decir que un líder político es católico y mantener con una mayoría absoluta la ley del aborto? En los ocho años de gobierno de José María Aznar se asesinaron, amparados en la ley del aborto, a 511.429 niños y niñas inocentes. En los once años de gobierno de Felipe González se asesinaron por aborto a 359.624 personas inocentes. Los obispos norteamericanos niegan la comunión a los católicos abortistas. Miren los señores obispos españoles si ha llegado de ese momento para los políticos abortistas españoles. Monseñor Guerra Campos afirmó que todos los que colaboraron directamente en la elaboración de la ley del aborto eran pecadores públicos y no se les podía administrar los sacramentos.

Y el Derecho Canónico vigente excomulga a todos los que colaboran directamente en el crimen abominable del aborto. Hoy, como nunca, el pueblo fiel, incluidos sacerdotes, religiosos y monjas, necesita saber por qué los obispos norteamericanos niegan la comunión a los aborteros y porque no se puede votar a partidos políticos abortistas.
Necesitamos urgentemente una catequesis general e intensa de la Doctrina Social de la Iglesia, fundamentada en los últimos documentos de la Conferencia Episcopal Española y en el Magisterio pontifico.

P. Manuel Martínez Cano mCR

sábado, 13 de marzo de 2010

El sistema representativo tradicional

 

Complemento natural de la libertad regional es aquella magnífica y asombrosa institución que surge de las entrañas e nuestra propia Historia, aquella hermosa y fecunda doctrina representativa, simbolizada en nuestras antiguas y veneradas Cortes. Y al hablar de las antiguas Cortes no me refiero sólo a las de Castilla, que fueron, por cierto, y por causas que no voy a examinar ahora, quizá más embrionarias y menos desarrolladas que las de los demás reinos de España.

Ya sé yo que no llegaron a completo término aquello principios representativos que tan profundo arraigo tenían en la sociedad medieval, que apenas existió un señorío de ciertas proporciones sin sus juntas o pequeñas Cortes, y que no habían podido llegar a su plenitud y lozanía, entre otras causas, por el golpe de retroceso producido por la protesta luterana en la civilización europea, y que originó la Monarquía absoluta del siglo XVI, la cuál fué obstáculo para que alcanzaran el término de su evolución los gérmenes de verdadero régimen representativo que había en el seno de las monarquías cristianas; pero, tomando en conjunto aquel sistema, y sin referirme al del Castilla, ni al de Valencia, ni al de Aragón, ni al de Navarra y Cataluña, que no difieren en lo sustancial entre sí, ni los Estados generales de Francia, ni de los Parlamentos de Inglaterra, ni de las Dietas de Hungría, Polonia y Alemania, porque habían sido la realización varia de un mismo principio inmortal que informaba a las sociedades cristianas en el Edad Media,puedo sintetizarlo en estas cuatro bases fundamentales en que las Cortes se apoyan, y que son: primera, representación por las clases; segunda, incompatibilidad entre el cargo de diputado y toda merced, honor y empleo, exceptuando los que son obtenidos por rigurosa oposición; tercera, el mandato imperativo como vínculo entre el elector y el elegido, y cuarta, aquellas dos atribuciones de las Cortes que consistían en no poder establecerse ningún impuesto nuevo, ni ser variada o modificada ninguna ley fundamental, sin el consentimiento expreso de las Cortes.

Queremos nosotros el régimen corporativo y el de clases porque entendemos que. correspondiendo a la misma triple división de la vida y de las facultades humanas, hay en la sociedad, cualquiera que ella sea, una clase que representa principalmente el interés intelectual, como son las corporaciones científicas, las Universidades y las Academias; una clase que representa, antes que todo y principalmente, un interés religioso y moral, como es el clero, y otras que, como el comercio, la agricultura y la industria representan el interés material; y, en una sociedad no improvisada, y con la vida secular como la nuestra, hay la superioridad del mérito reconocido en todos los pueblos, y la formada por prestigios y glorias de nombre históricos constituyendo la aristocracia social y la de sangre, y, con el interés de la defensa y del orden representado por el Ejército y por la Marina, está completado el cuadro de todas las clases sociales que tienen derecho a la representación. Por eso no queremos que sean las Cortes formadas por aquel cuerpo electoral, del cual decía ya Donoso Cortés que era un agregado arbitrario y confuso, que se formaba a una señal convenida y se desvanecía a otra señal, quedando sus miembros dispersos hasta que sonaba de nuevo la voz que les ordenaba juntarse. No queremos que sea ese arbitrario agregado, en el cuál el médico, el industrial, el sacerdote, el agricultor, el abogado, el militar, todos juntos y confundidos van a hacer surgir aquella representación legítima de intereses tan varios, tan complejos, y a veces tan opuestos; nosotros queremos que las Universidades, las Academias y las Corporaciones científicas, tengan sus propios representantes, que tenga los suyos el Clero, que los tenga la industria, el comercio y la agricultura, y sus especiales mandatarios, la aristocracia y el Ejército.

Queremos también que, como vínculo entre el elector y el elegido, exista el mandato imperativo. Ya se yo que contra el mandato imperativo han esgrimido sus armas las escuelas doctrinarias; ya sé que contra él dicen que resuelve antes de discutir, y que con eso, en cierto modo, se mata el régimen parlamentario. Si no tuviera mas inconveniente que ese, para mi esa era la mejor de sus defensas; pero no es verdad que resuelva antes de discutir, porque puede suceder, y sucede de hecho, que dentro de una clase pueden los electores haber deliberado y discutido ampliamente, y después el procurador mismo puede discutir en las Cortes con aquellos otros procuradores que no hayan recibido expreso mandato imperativo, y el mismo puede no recibirlo para todos los asuntos. No es cierto tampoco aquel axioma político de las escuelas liberales, según el cual el diputado no es representante de una clase, ni de un distrito, sino de la nación entera, esta es una aberración, de la cual, ya en el año 1848, y comentando la Constitución revolucionaria francesa de entonces, se reía Proudhon, el cual decía que, si los diputados representaban a sus diferentes distritos, estaba representada la Nación, y que de ninguna manera podía representar un diputado a todos los distritos de la Nación, ya que en la mayor parte de ellos eran desconocidos los diputados por los distritos, y los distritos por los diputados.

Tiene el mandato imperativo innegables ventajas, y una de ellas es que por medio de él se pueden conocer directamente el Estado de la opinión pública, de ese concepto que tantos servicios os ha prestado, que es una frase hecha que, bien analizada, no puede ser sustentada por los liberales, ya que el sujeto de la opinión requiere dos cosas: el conocimiento de las cuestiones morales y jurídicas, que no puede tener una multitud, y al mismo tiempo una unidad de norma y de criterio, que con la libertad de todas las opiniones se destruye.
El estado de la opinión puede ser conocido por el mandato imperativo, ya que, por el número de mandato o poderes que en las Cortes aparezcan, se puede saber perfectamente cuando están divididos en el país los pareceres y cuando hay cierta uniformidad o cierto parecer común, ya en cada clase, ya en todas juntas.

Ofrece también otra ventaja inmensa que no puede existir con los sistemas parlamentarios modernos. ¿Sabéis cuál es esa ventaja que reporta? La de no poder violar la verdadera voluntad del país: es decir, que los que sean elegidos no prometerán una cosa durante el periodo electoral, y después ejecutarán lo contrario cuando tengan la investidura de diputado. 

Sucederá otra cosa y de suma importancia: que no podrán existir en las Cortes mayorías oficiales, mayorías que voten según la voluntad del Gabinete, sino mayorías populares que voten según la voluntad de sus representados.

Con la incompatibilidad del cargo de diputado con todo honor, merced o empleo que no fuese obtenido en rigurosa oposición, se lograría evitar una de las principales fuentes que pueden existir de corrupción parlamentaria. No podría un diputado ni siquiera ser representante a un tiempo de un distrito y de poderosas sociedades industriales que reciban subvenciones del presupuesto. No podría, por lo mismo, echarse sobre sí la nota que pudiera ser denigrante, y que ahora además puede ser cierta, de que no votaba libremente, sino por complacencias, por halagos o por mercedes recibidas o prometidas. Por eso es de completa necesidad establecer esa incompatibilidad, para evitar las corruptelas, podredumbres y prevaricaciones parlamentarias.

Consideramos también que las Cortes tienen dos oficios, porque tienen que cumplir una doble misión; ayudar a gobernar, sin se cámaras cosoberanas que usurpan las atribuciones del Monarca -el cual debe reinar y gobernar, sin estar sujeto a la humillante tutela de un Gabinete que concentra en sí todos los poderes, y responder con responsabilidad social-, y limitar y contener la autoridad soberana, para que no se salga de su órbita propia. 

Consecuencia de esas funciones son la exposición de las necesidades de los pueblos, y la petición de sus remedios, ya por disposiciones particulares o por leyes, y el que no sea impuesta ninguna contribución ni cambiada ninguna ley fundamental sin previo consentimiento; prerrogativas de que se ha hablado antes, y que, con otras menos importantes y la del juramento mutuo al comenzar el reinado, de una u otra manera han existido siempre en las antiguas Cortes españolas cuando llegaron a tener algún desarrollo.

De aquí se deduce que dentro de nuestra monarquía es absolutamente imposible toda tiranía. No pueden ser violentadas las conciencias cristianas; pues aquella relación que tiene el Estado con la Iglesia no la fija arbitrariamente por su voluntad el Estado, sociedad inferior, sino la Iglesia, que por su fin es la institución suprema. No puede ser dilapidada nuestra hacienda, porque sin el consentimiento de los súbditos o de los mandatarios no se pueden establecer impuestos nuevos; y, finalmente, no puede ser hollada nuestra libertad porque, para ser alteradas las leyes capitales que la definen y amparan, necesita el concurso y el beneplácito de los mismos gobernados o de sus procuradores. Resulta, pues, que, con nuestro sistema no pueden sufrir menoscabo ni nuestra fé, ni nuestra libertad, ni nuestra Hacienda. Es decir, que en éste régimen, la libertad está en todas partes y la tiranía en ninguna. Viene a ser esto, bien entendido, una Monarquía fuerte y robusta por su poder no parlamentario; representativa, por sus auxilios y limitaciones, y federativa, por las regiones que asocia y enlaza; siendo este calificativo, juntamente con el apellido primogénito de católica, y no el mote de absolutista, el que mejor se cuadra, si se aplican las palabras en su legítimo sentido.

Juan Vázquez de Mella 

La verdadera monarquía

 


LA REALEZA

Francisco Elias de Tejada

Y la realeza no es algo huero, como en los liberalismos doctrinarios, ni algo omnipotente, como en las construcciones totalitarias o absolutistas. El monarca reina y gobierna, pero dentro de límites impuestos por las leyes fundamentales o de la tierra. No le es asequible alterar porque sí la máquina legal de sus pueblos,sin consentimiento de los pueblos mismos. Impera, sí, porque es rey; pero impera dentro de leyes bien precisas.


Y en este terreno es la monarquía tradicional la única forma de gobierno en que el poder del gobernante se halla de veras limitado, porque los mojones que deslindan sus facultades no consisten en letras frías o en doctrinas muertas, sino en la fecunda realidad social, anterior y distinta del Estado. Donde totalitarismos y absolutismos ven un instrumento más de su poderío y donde los liberales ven el vacío de lo inexistente, en las sociedades intermedias y autárquicas, encuentra la monarquía tradicional el freno efectivo que los demás sistemas políticos ignoran. Por eso la monarquía tradicional es la única forma de gobierno donde los hombres pueden sentirse verdaderamente libres.

Mas, puesto que la realeza se halla ornada de funciones activas, las condiciones del monarca vienen a ser cosa esencial. de ahí la necesidad de exigir dos legitimidades: la de origen y la de ejercicio, la legitimidad de títulos en la asunción del poder supremo y la legitimidad en aplicarlo al servicio de los ideales de la Tradición de las Españas. Ambas son esenciales, pero en caso de dudas ha de preferirse la legitimidad en el ejercicio a la legitimidad en los títulos de origen, pues de otro modo admitiríamos que un prurito legalista primaba sobre el contenido de la tradición hispána, conclusión absurda a todas luces. La jura de los Fueros era condición necesaria para la coronación de los reyes, indicándose con ello que la legitimidad de ejercicio es más importante que la de origen y que, faltando aquélla, ésta carece de fundamentos. 

martes, 9 de marzo de 2010

Jornada de estudio sobre Donoso Cortés



Lugar: Seminario Diocesano, Avd. de la Universidad, 3
10004-Cáceres
Sábado, 13 de marzo de 2010


*PROGRAMA*
10.30h - Recepción de los participantes

11.00h – APERTURA Y CONFERENCIA INAUGURAL*Donoso Cortés y su contexto histórico *Alfonso Bullón de Mendoza, Instituto CEU de Estudios Históricos (Madrid)

12.30h – CONFERENCIA*Donoso pensador español y europeo *Arnaud Imatz, Politólogo e Hispanista (París)

16.30 – CONFERENCIA*Donoso Cortés y René Girard, profetas de la devastación moderna *Domingo González, Instituto Humanidades Angel Ayala- Universidad San Pablo – CEU (Madrid)

18.00 – CONFERENCIA DE CLAUSURA*Principios para una política europea: La propuesta de Donoso Cortés*Evaristo Palomar, Universidad Complutense (Madrid)

ENTRADA LIBRE

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Países, Naciones y Estados en nuestro proceso histórico

Una sensata norma sobre la utilización correcta del lenguaje exige que al dar nombre a las cosas se siga el uso de la multitud. Uno de los síntomas más alarmantes de la confusión de nuestro tiempo es el que se ha hecho muchas veces, y en muchas cuestiones, prácticamente imposible su aplicación.

El lenguaje político, concretamente, está lleno de equívocos que imposibilitan la coherencia en el planteamiento de los problemas. Así como de rigideces por las que se toman unívocamente términos que en otros tiempos poseían una rica analogía para un uso amplio y flexible en la múltiple y armónica realidad social.

Y en esta situación de rigidez y de equivocidad los términos se convierten en armas al servicio de la dialéctica revolucionaria. Oímos hablar de “nacionalidades oprimidas” por estados imperialistas, lanzando como un explosivo desintegrador la palabra nacionalidad a Irlanda, Bretaña, Palestina, Euskalerría..

A esto responde el empleo constante de expresiones como “a nivel del Estado español”; para ir creando las condiciones ambientales que lleven a considerar como evidentes los temas como la “autodeterminación” de las distintas “nacionalidades” del Estado, y a concluir como único medio para respetar la actual unidad que se alcance una solución “federalista”.

Sería traidora ingenuidad caer en las trampas del lenguaje político vigente con sus rigideces y equívocos. El término nacionalidad sugiere el “principio de las nacionalidades”; en cuyo nombre se desintegraron muchos edificios políticos, a la vez que se construyeron los Estados nacionales italiano y alemán..

Las confusiones creadas en torno a este principio, conexas con el concepto de la unidad jacobina del Estado, hacen que muchos, para negarse a admitir la desintegración de la unidad española, afirmen que en la península no hay sino tres naciones: Andorra, España y Portugal. Es esta una tesis que se muestra falsa con solo enunciarla; y quien quisiera mantener la correspondencia estricta entre “nación”, “pueblo” como realidad social, con el Estado como entidad política, se vería llevado a referirse al Reino Unido como país o nación “británica”.

Ahora bien, el Reino Unido son cuatro naciones: Inglaterra, Escocia Irlanda y Gales. Es este un modo de hablar más acorde con la realidad histórica. Según él podríamos recordar nuestro lenguaje clásico en el que se decía de alguien que era “de nación vizcaíno”; pero también nos vemos obligados a ser cautos hoy, ¡¡no resulte que demos armas dialécticas para propugnar el derecho del señorío de Vizcaya a disponer libremente de sus destinos..!!

En fin, devolvamos a los términos su significado flexible y análogo, sin caer en la trampa de caer en la rigidez jacobina...

En nada se revela más la inspiración racionalista de los legisladores de Cádiz que en la formulación del precepto constitucional según el cual “unos mismos códigos regirán en todas las provincias de la Monarquía, sin perjuicio de las diversidades que por particulares circunstancias puedan establecer las leyes”. Era un precepto irreal, ya que veía como “provincias” de una sola “monarquía” o “reino”, lo que eran reinos que aun entonces figuraban nombrados en la titularidad de la Corona Española, y algunos de los cuales, como el de Navarra, no había visto sucumbir, en su secular unión con la Corona de Castilla, su propia constitución política. Lo que veía como “circunstancias especiales” era nada menos que sistemas jurídicos, legales y consuetudinarios, correspondientes a aquellos diversos pueblos hispánicos.

Quienes no profesamos el “principio de las nacionalidades” apoyado en el concepto romántico de “nación” ni admitimos el unitarismo rígido jacobino, tenemos que tratar de hacernos comprender, en medio de la aludida confusión de términos, con un lenguaje más tradicional y respetuoso con la realidad histórica de España.

El mismo término “Estado” no tiene por qué ser admitido con el exclusivo significado de su rigidez unívoca y de su correspondencia estricta con el de “nación”. En los Estados Unidos de América se habla siempre de la “nación americana”, mientras lo que nosotros llamaríamos “estatal” es allí lo “federal”, o lo perteneciente a la Unión o a los Estados Unidos. Hay allí una sola nación y cincuenta Estados. En Gran Bretaña hay un solo “Reino Unido” y varias “naciones”.

La Corona española se había formado por un proceso histórico por el cual todavía Fernando VII, se titulaba, ya en vísperas de la opción liberal y “centralista” que llevó ulteriormente a hablar de “la monarquía española”, con los nombres que aludían a los diversos pueblos y a los antiguos reinos: “Rey de Castilla, de León, de Aragón.., de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, de las Islas Canarias, de las Indias orientales y occidentales, conde de Barcelona, Señor de Vizcaya..”

Al aceptar, por la revolución liberal de 1820, la Constitución de Cádiz, nuevamente impuesta a la Corona, hubo de titularse “por la Gracia de Dios y de la Constitución de la monarquía española, Rey de las Españas”. Su hija Isabel II, y en su nombre la regente María Cristina, recibía un título ya más unitario, en nombre de la soberanía de la “nación”. Así, en 1837, el preámbulo de la Constitución dice: “Siendo la voluntad de la nación… las Cortes decretan y sancionan la siguiente Constitución de la monarquía española”.

Pero aunque se introducía así el lenguaje que iba a hacer olvidar la tradicional pluralidad de los reinos hispánicos, todavía en 1845, en la Constitución inspirada por el partido moderado, se hace decir a la Corona: “Siendo nuestra voluntad y la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia … los antiguos fueros y libertades de estos Reinos…”

En los comienzos de la Edad Moderna dispuso la Providencia, incluso a través de la muerte del hijo nacido del matrimonio de Fernando el Católico con Doña Germana de Foix, que la pluralidad y diversidad de Reinos surgidos durante los siglos de la Reconquista confluyesen en empresas e instituciones comunes. Ciertamente que la idea unitaria, heredada del reino visigótico, que dio unidad política a la Hispania romanizada, se mantuvo en signos e instituciones como el título imperial de los reyes de León. Pero esta unidad se expresó en aquellos siglos diciendo que el Rey de León era “Emperador de toda España” (año 1077); que reinaba en Toledo e imperaba sobre todos los Reinos de España..” (año 1098) y también que había sido “por la gracia de Dios constituido emperador sobre todas las naciones de España” (año 1088).

En un lenguaje tradicional, y no sometido a las rígidas convenciones derivadas del racionalismo absolutista y revolucionario o de las concepciones románticas del nacionalismo, habría que reconocer como legítimo el uso plural de términos como el de “pueblo”, “nación” y “reino”.

Es además muy importante caer en la cuenta de la naturaleza violenta e injusta de decisiones de un voluntarismo absolutista o liberal, en que no se respetó el orden natural y la congruencia que tiene que tener con las costumbres de los pueblos y sus instituciones toda ley justa. Los Decretos de Nueva Planta que destruyeron las instituciones tradicionales de Aragón, Valencia, Mallorca y Cataluña, y las imposiciones que después de la victoria liberal sobre el carlismo, destruyeron a su vez las del Reino de Navarra, señorío de Vizcaya y provincias de Guipúzcoa y Álava, no pueden ser consideradas rectamente como un progreso en el cumplimiento de nuestro destino común.

Quisiera formular en unas conclusiones precisas el resultado a que me llevan estas reflexiones:

1.º España, considerada como Estado, es un Reino unido por el proceso histórico. En el plano “nacional” es una unidad de pueblos y de tierras con una sola vocación y destino universal.

2.º Ningún “país” o “pueblo” o “nación” de los que se integran en la unidad hispánica tiene hoy derecho de autodeterminación. Y esto por la doble razón de que es un concepto inadecuado y confuso el de “nacionalidad” tal como se forjó por el idealismo romántico; y además porque son, en sí mismos, principios falsos el de “soberanía del pueblo” o el del “derecho de los pueblos a disponer de sí mismos”. Nadie tiene derecho a disponer de sí mismo, en el sentido que lo propugna aquel principio. Ni los esposos, ni los padres, ni los hijos, ni los pueblos.

3.º El Reino de España, el Estado español carece de derecho para transformar, para deformar, o para confundir, la diversidad de las tierras y de los pueblos hispánicos. Es también falso el principio de la omnipotencia del Estado y el de su derecho a conformar según planificaciones impuestas los pueblos sobre los que rige y a los que sirve.

Francisco Canals Vidal, 1976

sábado, 6 de marzo de 2010

Los carlistas ante la nueva legislación abortista

Don Juan Carlos de Borbón acaba de firmar la “Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo”, su segunda “ley del aborto”. En 1985 sancionó una primera ley despenalizadora que, promovida por el PSOE, apoyada por el PP, y definida por Mariano Rajoy y sus máximos dirigentes como una ley “de consenso” ha provocado la muerte de 1.300.000 víctimas inocentes y allanado el camino para esta nueva vuelta de tuerca.

Ante esta situación, la Junta de Gobierno de la Comunión Tradicionalista Carlista, -único partido político que propone para España la monarquía tradicional y uno de los pocos que defiende íntegramente los valores no negociables- se ve en la obligación de hacer las siguientes consideraciones a la opinión pública:

1º. Como grupo político, los carlistas no entraremos a juzgar la conciencia de don Juan Carlos ni si sus actuaciones públicas merecen o no una reprobación más o menos contundente por parte de la jerarquía de la Iglesia. Los obispos han recordado con claridad suficiente que cualquier político o gobernante que sea corresponsable o público partidario de cualquier legislación abortista no puede ser admitido en la Sagrada Comunión. Respecto a don Juan Carlos lo único que nosotros constatamos es que en el BOE de 4 de marzo no se limita, como si fuera un notario, a dar fe de un acuerdo del Parlamento sino que con su su firma otorga validez legal a la nueva ley.

Concretamente el actual jefe del estado ha firmado lo siguiente:

“A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica. (…) Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica. Madrid, 3 de marzo de 2010. JUAN CARLOS R.”

2º. Don Juan Carlos ha firmado la nueva ley sin expresar el menor gesto de desaprobación. Ante quienes afirman que ha sido obligado a firmar nos preguntamos: ¿cómo es posible que alguien que dice ser rey y monarca no goce de libertad siquiera para oponerse a una ley injusta, en defensa de los españoles más indefensos?. Que una persona, supuestamente la máxima autoridad del estado, sea declarada no responsable por el sistema constitucional es una vergüenza tanto para quien firma permitiendo que le sigan llamando rey como para todos los españoles, que se ven inmersos en un régimen en el que, como en la dictadura nazi, la orden recibida parecería excusar la voluntad libre y responsable de cada conciencia individual.

3º. Por otra parte la perversidad de la nueva ley del aborto no nos puede hacer olvidar que si hemos llegado a esta situación de definir legalmente la eliminación de seres humanos inocentes como un derecho es gracias a la sanción previa de otras muchas leyes anticristianas que en las últimas décadas y en el marco de una Constitución enemiga de la raíz católica de España han ido proponiendo, apoyando o sancionando el PSOE, el PP y el jefe del estado: nos referimos a las leyes permisivas del divorcio, del divorcio-exprés, de manipulación de embriones, de las píldoras abortivas, de las parejas de hecho, del llamado “matrimonio homosexual”, de la “Educación para la ciudadanía”, etc.

4º. Una vez más pedimos a los españoles que sepan distinguir entre la llamada “monarquía constitucional” y la verdadera “monarquía tradicional”. La primera, con la figura de un rey no-responsable fiel servidor de la revolución relativista, otorga al vigente sistema partitocrático una apariencia respetable. La segunda, que además de la legitimidad de origen planteada históricamente por el legitimismo carlista exige una legitimidad de ejercicio coherente con la tradición política española, es la única que podría garantizar la necesaria estabilidad de las instituciones poniéndolas a resguardo de los vaivenes partidistas.

5º. Por último, queremos animar a los defensores de la causa pro-vida para que no decaigan en su lucha por la verdad de la dignidad humana que tiene su raíz más profunda en la dignidad de los hijos de Dios. Junto a ellos estaremos siempre los carlistas, apoyando cuantas manifestaciones contra el aborto se realicen siempre que vayan encaminadas al primer objetivo verdaderamente pro-vida: la abolición total de cualquier legislación que no proteja la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural.

Junta de Gobierno de la Comunión Tradicionalista Carlista

5 de marzo de 2010